http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/12/pdfs/BOE-A-2011-19398.pdf
La primera pregunta que hay que hacerse es si ha cambiado mucho con respecto al borrador que se difundió el verano pasado. Un sencillo cotejo entre ambos documentos pueden verlo en la sigueinte dirección, y se ha creado comparando ambos documentos en word:
https://sites.google.com/site/invasionesbiologicasencanarias/catalogo-y-listado-de-eei/
La comparación es interesante, ya que se aprecia en un vistazo qué partes se han mantenido y cuáles se han añadido o eliminado.
La verdad es que, en lo sustancial no cambia. Siguen las mismas contradicciones que apuntamos aquí mismo en las diferentes entradas que dedicamos al borrador:
http://invasionesbiologicas.blogspot.com/2011/06/publicado-el-borrador-del-real-decreto.html
http://invasionesbiologicas.blogspot.com/2011/07/el-borrador-parte-inicial-preambulo.html
http://invasionesbiologicas.blogspot.com/2011/07/el-borrador-catalogo-y-listado.html
http://invasionesbiologicas.blogspot.com/2011/07/el-borrador-algunas-estadisticas.html
El listado sigue sin tener demasiado sentido, ya que se sigue definiendo como un listado de especies potencialmente invasoras (una especie de sala de espera para entrar al catálogo).
Con respecto a Canarias se mantiene la contradicción de las especies de peces dulceacuícolas, así que a una carpa en una presa no se le aplicará el decreto, pero si está en el cauce del barranco sí. Menos mal que se refiere concretamente a peces y no a animales acuáticos, así que esto no incluye al caracol manzana. Tampoco está claro por qué unas especies se quedan en el catálogo y otras en el listado. Que yo sepa no hay estudios que señalen la peligrosidad de Calotropis proceras, que sí está en el catálogo, y sin embargo sí los hay que señalan los efectos de Oxalis pes-caprae, que se queda en el listado. La elección de una situación u otra es por lo menos, dudosa. Sigue dándose un error taxonómico, que yo sepa, se considera Opuntia maxima en el catálogo, y se señala Opuntia ficus-indica en el listado. Hasta donde yo sé, ambos nombres son sinónonimos taxonómicos.
Los cambios en el catálogo y en el listado son los siguientes:
Se añaden las algas Grateloupia turuturu , Stypopodium schimperi y Undaria pinnatífida
Se añaden las plantas Myriophyllum aquaticum y Cylindropuntia tunicata
El resto de las plantas vasculares son las mismas, sólo se modifica el ámbito de aplicación en:
Agave americana se amplía a todo el estado (se restringía a Canarias)
Tradescantia fluminensis se amplia a todo el estado (se restringía a Canarias)
Pennisetum clandestinum se amplía a Baleares (se restringía a Canarias)
En invertebrados no artrópodos, se añaden Anodonta woodiana y Mytilopsis leucophaeta
En artrópodos no crustáceos no hay cambios
En crustáceos se añade Triops longicaudatus
En peces se añaden: Fundulus heteroclitus, Gambusia holbrooki, Australoheros facetus, Rutilus rutilus y Salvelinus fontinalis,
En anfibios no hay cambios.
En reptiles se expande el ámbito de aplicación de la familia Colubridae a Canarias, por lo que Lampropeltis spp. se elimina del catálogo al pertenecer a dicha familia.
El ámbito de aplicación de Elaphe guttata se restringue a Baleares (incluía Canarias y Baleares)
En aves se incluyen: Amandava amandava, Estrilda melpoda, Estrilda troglodytes, Euplectes afer, Leiothrix lutea, Ploceus melanocephalus y Streptopelia roseogrisea
En mamíferos se añade Atlantoxerus getulus, restringida a Canarias, y se especifica la zona del arruí, Ammotragus lervia, en que se exceptúa en el catálogo.
En el listado:
En hongos se añaden Phytophtora ramorum, Phytophtora cinnamomi, Ophistoma ulmi y Ophistoma novo-ulmi, todos para Baleares.
En algas se añade Polysiphonia morrowi
En plantas se eliminan las referencias a Acacia cyanophylla, y a Opuntia stricta, así como a Tradescantia fluminensis que pasa al catálogo; se añaden Gleditsia triacanthos, Impatiens balfouri, Impatiens glandulifera, Oenothera xfallax, Opuntia monacantha y Pterocarya xrehderiana. Se indica genéricamente al género Pennisetum, excepto las referencias del catálogo.
En invertebrados no artrópodos se incluyen Balanus improvisus, Crassostrea gigans y Physa acuta. Mytilopsis leucophaeata pasa al catálogo
En artrópodos no crustáceos no hay cambios
En crustáceos se incluye Callinectes sapidus.
En peces se incluyen Abramis brama, Acipenser baerii, Acipenser naccarii, Barbonymus schwanenfeldii. Salvelinus fontinalis y Micropterum salmoides pasan al catálogo.
El ámbito de aplicación para Cyprinus carpio se amplía a Baleares (estaba limitado a Galicia y Cantabria)
De los reptiles sale Lithobates catesbeianus, que pasa al catálogo como anfibio, que es lo que es.
En las aves se incluyen un enorme número de especies y taxones superiore, quedando su número en 44 (antes era de 13). Pasando algunos al catálogo (Amandava amandava, por ejemplo)
En mamíferos, Atlantoxerus getulus pasa al catálogo y se añaden Atelerix albiventris y Callosciurus erythraeus
Ahora nos tocará empezar a emitir informes y peticiones para elevar a muchas especies del listado al catálogo, y a luchar por aquellas cuestiones que quedan sin aclarar. ¡Qué empiece el trabajo! Suerte a todos.
2 comentarios :
ESTUDIOS SOBRE ESPECIES INVASORAS Y PESCA:
http://www.riosconvida.es/pdfs/alegaciones/AlegacionesRDEspeciesInvasoras.pdf
http://www.riosconvida.es/pdfs/informes/InformeTruchasInvasoras-RiosConVida.pdf
Hola anónimo. Muchas gracias por la información y el enlace. Como he podido comprobar al leer el pdf de las alegaciones que señalan, tampoco a ustedes les han hecho demasiado caso. Está claro que las alegaciones aceptadas han sido las que no afectaban a la base de la norma, sobre todo a la presencia del listado. Tocará ahora empezar el trabajo para ampliar el catálogo.
Un saludo y gracias por su opinión.
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