Si uno piensa en las cosas que pasan, en materia de especies
exóticas invasoras (EEI), se da cuenta que aquí cada uno va por un lado y no
hay un criterio único en la toma de decisiones. Los organismos oficiales:
Gobierno de Canarias, Cabildos, etc., tienen varias líneas distintas de trabajo
en un mismo tema, dependiendo del grupo humano al que va dirigidas las normas.
El tema de las EEI es un claro ejemplo. Se lleva años elaborando un catálogo de
EEI nacional, con duras pugnas sobre si tal o cual especie debía ser
catalogada, se discute el método de erradicar a las especies catalogadas, las
asociaciones en defensa de los animales protestan por lo que creen que será una
matanza de animales considerados introducidos, etc., etc. Y estamos a la espera
de un catálogo regional sobre este mismo tema. Pero cuando se legisla sobre la
caza y las especies cinegéticas no se lleva tanto cuidado.
El pasado 2 de julio de 2014 se publicó en el Boletín
Oficial de Canarias la ORDEN de 27 de junio de 2014, por la que se establecen
las épocas hábiles de caza para el año 2014, así como las condiciones y
limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias (http://www.gobcan.es/boc/2014/126/). En la
misma se incluyen las especies cinegéticas consideradas para este mismo año:
En El Hierro, La Gomera, La Palma, Tenerife: conejo, perdiz
moruna, paloma bravía y animales asilvestrados
En Gran Canaria: conejo, perdiz roja, paloma bravía y
animales asilvestrados
En Lanzarote: conejo, perdiz moruna y paloma bravía.
En Fuerteventura no se autoriza la caza debido al mal estado
de las poblaciones de especies cinegéticas, como consecuencia, se dice, de las
condiciones meteorológicas adversas.
En dicha orden se consideran animales asilvestrados: “aquellos
animales de origen doméstico que no dependen del hombre para su subsistencia y
los que no habitan en Canarias de manera natural, que se hallen, en uno u otro
supuesto, en terrenos susceptibles de aprovechamiento cinegético y carezcan de
signo aparente de dominio o posesión por un tercero”.
Más adelante se añade que no se autoriza la caza de cabras
asilvestradas, y que “para el resto de especies asilvestradas, en todas las
islas donde se autoriza la caza, salvo en Lanzarote, durante los períodos
hábiles indicados y mediante la utilización de las modalidades y medios de caza
autorizados, podrán cazarse los animales asilvestrados sin límite de piezas”.
La definición de animales asilvestrados incluye perros,
gatos, hurones, cotorras argentinas, y cualquier animal que el cazador
considere asilvestrado y que carezca de signos de dominio: vacas sin cencerro,
burros de Jandía, cangrejos de río, etc.
Lo curioso es que el cazador tiene escasos segundos para
decidir si el animal que tiene en frente, gato, perro o loro, tiene signos de
dominio o no, y si cree que no los tiene puede pegarle un tiro sin problemas. A
unos les piden informes razonados para catalogar especies y otros se les da la potestad de que, en
cuestión de un instante decida que es un animal asilvestrado sin dueño y se lo
pueda cargar. Curioso.
No se entiende bien el por qué se excluye a las cabras
salvajes de la consideración de animales asilvestrados. Animales son, y muchos
están asilvestrados. ¿Por qué sí un perro y no una cabra? Incomprensible.
Y no es que estemos en contra de que se controlen estos animales asilvestrados, al contrario, solo llama mucho la atención las diferencias que se hacen entre unas normas y otras a la hora de dar permisos para realizar una actividad que, en ambos casos, implica la muerte de un animal. Hay gente que parece tener bula para estas cosas.
Finalmente hay que llamar la atención sobre alguna prensa
que se ha hecho eco de la noticia, pero equivocando el origen de la orden (http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=342697). Ha
sido redactada por la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad
del Gobierno de Canarias, y no por la Consejería de Medio Ambiente del Cabildo
de Gran Canaria, como apunta parte de la prensa local.
Ejemplos de piezas de caza si se les pilla en áreas cinegéticas y no llevan bien visible pruebas de que tienen amo:
Y se pueden cazar las que se quiera.
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