Después de las ya conocidas vicisitudes que ha sufrido el Real Decreto de marras desde su aprobación el 14 de noviembre del pasado 2011, ahora se abre el periodo de participación pública para hacer alegaciones sobre el nuevo decreto que prepara el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Este periodo de alegaciones se inicia hoy, 24 de mayo, y termina el próximo 13 de junio.Pueden acceder al borrador en esta dirección: http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/participacion-publica/PP_borrador_RD_catag_esp_especies_exot_inv.aspx
En principio él cambio más relevante es la eliminación del listado, cuestión que no es del todo negativa, pero un simple vistazo al catálogo propuesto nos vuelve a poner en alerta.
De momento, y hasta que pueda analizarse con más detalle, el catálogo muestra pocos cambios, ¡PERO QUÉ CAMBIOS!
En lo que a las plantas concierne llama muy poderosamente la atención que sólo se modifican las referencias a dos especies, y las dos cambian en cuanto al ámbito de aplicación de la norma. Son, y siéntense si no están sentados, la pitera, Agave americana y una tunera, Opuntia stricta. Ambas especies se incluían en el anterior catálogo sin referencia territorial, es decir, quedaban incluidas en todo el ámbito nacional, y en el presente borrador se cita que sólo tendrán esta consideración en la Península Ibérica y Baleares. ¡¡¡NO SE CONSIDERA LA PITERA UNA ESPECIE EXÓTICA INVASORA EN CANARIAS!!!
El caso de Opuntia stricta es más extraño. No está presente en Canarias, pero se considera por la UICI una de las 100 especies más invasoras del Planeta (cf. en http://www.issg.org/database/species/reference_files/100Spanish.pdf). ¿Por qué este cambio de consideración para Canarias? Pensando mal, me huele a un error del legislador, que en realidad lo que pretendía era hacer lo mismo con las tuneras que con las piteras, pero se equivocó de taxon, y en lugar de hacer este cambio en Opuntia maxima, la tunera común, presente en las Islas, lo ha hecho con Opuntia stricta. Pero si es así, que nadie se lo diga, por favor.
La pregunta está clara ¿POR QUÉ ESTE CAMBIO? La pitera es y seguirá siendo uno de los mayores peligros, en cuanto a invasiones biológicas, que hay en nuestras islas, y hoy por hoy no recibe ningún uso importante que pueda condicionar su presencia en el catálogo para Canarias. Lo único que se me ocurre es que como su erradicación es casi (o sin el casi) imposible, se hayan basado en el viejo dicho .... Si hay que ir se va, pero ir pa´na es tontería... y hayan preferido pasar por ignorantes. Por suerte se está a tiempo de cambiar esta consideración, si lo acepta el ministerio.
Según el nuevo borrador del real decreto que desarrolla el catálogo español de especies exóticas invasoras, Agave americana, en la imagen colonizando las paredes interiores de la Caldera de Bandama en Gran Canaria, junto con Opuntia dillenii, no es una especie invasora. ¡De siquiátrico!
9 comentarios :
Hola:
Pues sí que sigue el asunto complicado.
Sólo una observación: si figura o no alguna especie en el borrador del Catálogo, no es un problema del legislador, pues se trata de un reglamento técnico, que elabora el propio Ministerio en colaboración con las CC.AA. Quiero decir que la decisión es técnica, aunque pueda haber influencias de tipo políticas, como ocurre en casi todos los ámbitos.
Hola Ramón. Gracias por participar en el blog. Si es lo que parece la no inclusión de las piteras y tuneras en el catálogo para Canarias viene precedida por la presión que algunos sectores sociales de la isla ejercieron con el antigua catálogo, por la inclusión en el listado del almendro, castaño, etc. La cosa llegó a tanto que se redactaron propuestas en el Cabildo de Gran Canaria y en varios municipios de todas las islas en contra del anterior decreto. De esos polvos vienen estos lodos. No creo que ningún técnico serio no considere la pitera como invasora en Canarias, y si lo hacen dejarían de ser técnicos y se convertirían en otra cosa, poli-técnicos, de políticos y técnicos.
Un saludo y gracias por tu participación y tus aportaciones en los lugares en que participas.
No entiendo... ¿porqué no una lista hecha por Comunidad Autónoma? ¿Existe tal lista o no?
¿Y alguien sabe si ya han definido bien qué es "medio natural"? Porque lo sigo viendo y nunca he entendido porqué no se distingue que compre en un vivero una cala para plantarla en mi jardín en Telde (por ejemplo) de ponerla donde pueda asilvestrarse en un parque natural.
Hola Marianne. Algunas autonomías se adelantaron al catálogo nacional, como la Comunidad Valenciana, y otras tienen catálogos parciales. Este catálogo es una exigencia de la Ley de Biodiversidad, y debe tener carácter nacional. Las autonomías pueden tener catálogos propios, pero muchas estaban esperando la publicación del nacional para redactar el suyo y no crear problemas legales entre ambos. La definición de medio natural está en la propia ley, en el apartado de conceptos o definiciones.
Lo que dices del uso particular de las especies invasoras es simplemente una cuestión de precaución. La mayor parte de las plantas que hoy son más dañinas al medio se introdujeron como ornamentales, y con el tiempo se han asilvestrado y crean daños al medio ambiente: acacias, rabo de gato, jacinto de agua, lantana, etc. Es mejor utilizar en jardinería especies que sabemos no van a dañar al medio si se escapan del cultivo. Hay muchas y son también presiosas. Sólo consiste en prevenir.
Gracias por participar en el blog y un saludo,
Gracias. Es sensato lo de misma ley con distintos catálogos.
¿Donde está la definición de "medio natural"? Porque busco y rebusco pero no encuentro donde se defina con claridad. ¿es todo lo que no sea un edificio cerrado?
Lo de la precaución lo entiendo pero no la aleatoriedad que veo. Obviamente lo más seguro es prohibir toda especie no autóctona y así nos aseguramos, porque prácticamente cualquier planta que se dé bien es potencialmente invasiva en alguna parte. Pero cuando no se llega a ese extremo sería bueno establecer criterios claros y eso es lo que no veo. En este nuevo catálogo se hacen excepciones para pitas y tuneras que son claramente invasivas en Canarias, pero se prohibe todo tipo de plantas acuáticas como Egeria densa, Salvinia, etc que en Canarias tienen un casi nulo potencial invasivo. Vamos, si alguien las suelta en una presa podrían invadir esa presa (hasta que se seque) pero no llegarían más lejos. Y ni en éste ni el original están las amapolas de California, que sí he visto invadir terrenos (jamás lo he visto para la calla, fuera de sitios como casas abandonadas). Y si nos ponemos preventivos sería mejor prohibir todos los Penisetum, no solo el que ya está, amén de un montón de plantas que dispersan sus semillas bien lejos, rebrotan fácilmente, etc.
En fin, que no veo la mejoría, la verdad.
Hola de nuevo Marianne. Efectivamente en este borrador no consta la definición de medio natural, creía haberla leido, pero me debí confundir con otra norma. En general se entiende por medio natural el que se produce sin la intervención, durecta o indirecta, del ser humano. Como esto es muy difícil de encontrar ya sobre la Tierra se habla de medio natural o seminatural. En la práctica es aquel territorio cuyo paisaje no sea creado por la acción humana. Pero sin duda es un concepto ambiguo. Como dices todas las plantas alóctonas pueden comportarse como invasoras en algún territorio, o en un mismo territorio si cambian las condiciones del mismo. Pero en este caso se trata de priorizar, indicando las que ya se comportan como invasoras y están produciendo daños al medio y a la biodiversidad, y trabajando sobre ellas. Sin duda faltan muchas en el catálogo, y hau otras que crecen en unos lugares y en otros no, y que incluso son invasoras en unas zonas y en otras no se comportan como tales. Pero hay gestionar y por tanto hay que hacer listas de especies y concretar qué acciones se pueden realizar y cuáles no. Si una planta que hoy no se considera invasora empezase a comportarse como tal, podría añadirse al catálogo. Creo que, con muchos errores, lo positivo del catálogo es tener una herramienta con la que empezar a trabajar. Ya será cuestión de mejorarla en un futuro.
Un saludo y gracias por participar en el blog con tu opinión.
Quisiera que vieras el siguiente enlace:
http://lospasosquedejamosatras.blogspot.com.es/2012/05/barranco-del-aguila-o-tariscal.html
En la segunda foto, sale una planta que he visto mucho por jardines pero no tengo ni idea de como se llama, se seguro que autóctona no es. Quería ver si tú sabías de que especie se trata. Un saludo
Hola Pedro. La planta de esa foto es Asclepias curassavica, una planta como dices muy empleada en jardines de las islas y que se ha aclimatado perfectamente en nuestros barrancos y zonas un poco alteradas. Es una planta nutricia de la mariposa monarca, y por eso se ha fomentado su cultivo incluso en jardines de colegios. Procede de la América tropical y es tóxica para las personas y el ganado. recibe muchos nombres populares, algodoncillo, por los vilanos de las semillas, bandera española, o simplemente la planta de la mariposa. No es una especie que desplace a la vegetación autóctona. Crece en los cauces del barranco por que éste lleva sus semillas y las aguas, demasiado ricas en sales de nitrógeno, son adecuadas para ella.
Un saludo y gracias por intervenir en el blog
Muchas gracias por aclararmelo!!, pues no sabía que se hubiera aclimatado a las islas, tendré que fijarme más porque todavía no la he visto aparte de en jardines y macetas. Un saludo.
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