Páginas

sábado, 11 de febrero de 2012

¡Por favor, qué alguien se lea el Decreto sobre el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras!

Uno no sabe si es que nadie se lee nada o si no saben leer o si hay mala leche o mucha ignorancia, pero las cosas se están sacando de madre de una manera asombrosa.
Leo con sorpresa y estupor la siguiente noticia:
Madrid decreta la erradicación de los cultivos de almendro en Gran Canaria (http://www.laprovincia.es/gran-canaria/2012/02/11/madrid-decreta-erradicacion-cultivos-almendro-gran-canaria/437850.html)
¿Pero en qué estaba pensando el redactor de este encabezado?
Todo arranca del famoso Real Decreto 1628 en el que se crean el catálogo y listado de especies exóticas invasoras, del que ya se ha tratado en este blog, pero que parace que va a dar tema para rato. En dicho decreto, del que pueden informarse en este blog o en otros lugares en la red, aparece el almendro, Prunus dulcis, en el listado, como especie potencialmente invasora, pero no consta en el catálogo ni se van a prohibir o arrancar los cultivos de este árbol, y además se añade, para dar más "marcha", el hecho de que lo manda "Madrid".
Las especies del listado, potencialmente invasoras, no son erradicadas, no debe permitirse su introducción en el medio natural, pero no en una plantación. Uno puede plantar almendreros, pero debe cuidar de que no se escapen del cultivo y se propaguen al medio natural, como lo podemos hacer con el aloe, los almendreros y otras muchas especies del listado.
Si lamentable es la actuación del periodista, no menos lamentables son las opiniones de los cargos oficiales, ayuntamientos, mancomunidades e incluso de la viceconsejera de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, que piensan en pedir unos y exigir otros que el documento sea derogado o modificado. Este documento se puso a exposición pública por parte del Ministerio el verano pasado, pasó un tiempo para alegar y lleva en vigor desde diciembre. Me consta que los técnicos del gobierno de Canarias lo conocían y compartían, como no puede ser de otra forma, la opinión que se refleja en el decreto.
¿Están todos locos? No, simplemente no se han leido el decreto. Hablan de oidas y sacan conclusiones aquivocadas con las que alarman a la gente y piensan ganar el favor popular pasando como adalides de su pueblo.
¡Por favor, pongamos todos un poco de cordura en esto! ¡Nos va en ello el futuro de nuestro medio ambiente!

Aloe vera, la pita sábila o pita sabia, otra especie del listado. ¿Tendremos que arrancar las plantaciones de aloe de todas las Islas? NO, sólo evitar que se asilvestre. ¿Es tan difícil explicarlo así?

9 comentarios:

  1. ¿Y que ocurre con los almendreros que bordean carreteras,terrenos y fincas que no son propiedad de nadie y que nutren precisamente al sector de la almendra y sus derivados? ¿y las plantaciones que se hacen en macetas y jardines? ¿como es posible que se pretenda ahora después de haber dado manga ancha a importadores y exportadores de plantas, tiendas de animales, cultivos de peces etc que sea el ciudadano el que tenga que pagar las sanciones de quienes han obrado con total impunidad?... a buenas horas mangas verdes. Y eso que no digo nada de las truchas y otros animales. UN DISPARATE ES ESTE REAL DECRETO, UN VERDADERO DISPARATE.En Gran Canaria existe un lugar llamado EL MADROÑAL ¿habrá que quitar el madroño y de paso el nombre del barrio satatuteño?. NO ME JODAS HOMBRE, NO ME JODAS.

    ResponderEliminar
  2. ESTAS EQUIVOCADO CHAVAL NO TIENES NI IDEA ¿cuanto te pago Zapatero por defender lo indefendible?

    ResponderEliminar
  3. Hola compañero, felicidades por tu blog (que sigo a través de Google Reader) y por los post interesantes que publicas en él y en los que comparto tu opinión.

    Estoy dándole un repaso al "Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras" y me han surgido una serie de dudas:

    Sabiendo que dentro del Listado de especies exóticas con potencial invasor (Anexo II) se encuentran, entre otras, las siguientes especies:
    - Aloe vera (Sábila).
    - Opuntia ficus-indica (L.) P. Mill. (Tunera) especie donde se cría la Cochinilla de Lanzarote.


    ¿Debo informar a los agricultores de Aloe y Opuntia que deben pedir un control administrativo de la comunidad autónoma según el Artículo 8, Punto 1. para reproducir, plantar y cultivar estas especies? y

    ¿que las administraciones competentes les exigirán la adopción de medidas preventivas apropiadas y suficientes para prevenir escapes, liberaciones y vertidos, según el Artículo 10, Punto 5? ¿De qué manera se les exigirá? y

    ¿que las administraciones competentes podrán requerir a los titulares de las fincas la disposición de Protocolos de actuación en caso de liberación accidental de tuneras o sábilas?


    Gracias y saludos desde Lanzarote!!

    Juan Cazorla

    ResponderEliminar
  4. Hola a todos. Contestaré lo que pueda de uno en uno. Hola grancanario. Los almendreros, y cualquier otra especie, que no están en hábitats naturales se rigen por la normativa particular de cada caso. Y repito que el almendrero no está en el catálogo. Las sanciones no se pagan si no se comete una infracción, y no es una infracción tener almemdros o tuneras en una plantación. Lo sería si dejásemos escapar visones de una finca, soltásemos muflones al campo o plantásemos piteras en Inagua. Y sobre lo del madroñal, el madroño que se incluye en el decreto no es el canario, es el madroño peninsular, que se hibrida con el canario y puede hacerlo desaparecer. Si lee con detenimiento la norma o se informa en la red sobre algunas opinones vertidas sobre el mismo verá que es un decreto hecho para contentar a la mayor parte de la gente, que no se moja, en algunas cosas es incluso demasiado blando.
    Y anónimo, yo, como usted imagino, me gano el dinero con mi trabajo, que no tiene nada que ver con esto, este blog y su temática se realizan con ánimo de informar a la gente del problema que las especies invasoras están causando en Canarias y en todo el mundo. Por favor, no todo el mundo se mueve por dinero. Infórmese antes de hablar. Por lo de "chaval", gracias, pero ya tengo canas, y si tengo idea o no del tema es su opinión, sólo comentarle que la red es libre para opinar, no para descalificar. Esa diferencia es cuestión de educación.
    Y Cazorla, este decreto, como bien habrás leido, está pensado sobre todo para el control de animales exóticos invasores. Pensando en plantas a nadie se le puede exigir un protocolo para "evitar la liberación accidental". Sí se pueden pedir medidas para evitar o controlar su dispersión al medio (vallados, cinturones de seguridad, etc.), pero esta materia deben desarrollarla las Comunidades Autónomas, y hasta que no lo hagan no podrán pedir responsabilidades a los agricultores. Hoy por hoy sólo empezará a ser necesario realizar una declaración de los cultivos de estas plantas, las del catálogo, ya sea de forma extensiva o en jardines públicos o privados. Pero la norma debe desarrollarse primero. Decirte que en la discusión del decreto los principales grupos involucrados en el tema (ecologistas, científicos, técnicos, etc.) realizaron muchas alegaciones, y que para la mayoría el decreto salió con muchos errores y contradicciones, yo creo que las hay, y muchas, pero ahora los que lo criticamos en el periodo de redacción tenemos que defenderlo como un primer paso (malo, mejorable, pero el primero) en la lucha contra las especies exóticas e invasoras. ¿Qué hubiese pasado si incluyen, como deberían haber hecho, al conejo entre las especies exóticas invasoras, o las perdices. Pero el decreto está ahí y debemos utilizarlo. Hay que ser listos y saber en qué momento y para qué especies. El que se plantee la erradicaión delas tuneras de todas las islas está loco, pero planteársela en islotes, lugares de interés científico, etc., es perfectamente viable. Pongo por ejemplo.
    Un saludo a todos y gracias por utilizar el blog para opinar.

    ResponderEliminar
  5. Pues no amigo, no se lo han leido. Pero es que el ex-consejero de agricultura del Cabildo de Gran Canaria D. Demetrio Suárez, incluso dice que a él, el Ministerio no le informa.
    Pero es que Sr. Demetrio, no se ha dado cuenta aún, aunque lleva un puño de años politiqueando, que los ciudadanos nos temos que mover, para que Uds. los políticos cumplan las leyes que hacen y no leen. Dicho esto, ¿espera a que el Ministerio le llame?. Muevase por los canarios y no se duerma en las reuniones. Pais de pandereta.

    http://www.laprovincia.es/gran-canaria/2012/02/13/demetrio-suarez-madrid-babia-almendro/438327.html

    ResponderEliminar
  6. Entendiendo su asombro por la exageración del titular, pero el artículo 8 pone bien claras las limitaciones respecto a las especies incluidas en el Catalogo o en el Listado. No tienen desperdicio si las aplicamos a los almendros, castañeros o pitaya (sólo el punto 1 habla del introducci´pn en el medio natural)...entre otras cosas según el punto 7, se acabaron "las actuaciones o comportamientos destinados al fomento de las especies incluidas" que realiza o querrá realizar cualquier asociación o administración. Por último los almendreros aparecen en el listado en la página 132732.

    ResponderEliminar
  7. Hola anónimo:
    Si entiende lo exagerado del titular entenderá que toda esta normativa se refiere al medio natural, no a las plantaciones. No se puede "reforestar" con almendros, sí se puede plantar y cultivas almendros, como lo podemos hacer con papas o con pimientos. Si ha leido la nota de la consejería que aparece en la entrada siguiente entenderá mejor lo que quiere explicarse.
    UN saludo

    ResponderEliminar
  8. Hola a todos. Gracias por toda la información que estás dando aquí sobre este "nuevo" decreto MSP.

    No sé donde comentar no ya sobre el decreto en sí, sino de las actuaciones posibles de la misma.

    Estoy de acuerdo que se plantee la erradicación de invasoras, y que comiencen cuanto antes. Rabo de gato y otras tantas están haciendo estragos en el sur..

    Para "contentar" a todos se podría incluir un catálogo de especies AGROFORESTALES. que no serían incluidas en reforestaciones de zonas protegidas, pero sí en otros entornos "seminaturales" por llamarlos de alguna manera..

    Yo sí creo en la convivencia, siempre conjunta, con especies autóctonas. Además que es la mejor manera de que la gente se conciencie y vea el bosque de otra manera. Sensibilización.

    En orden de prioridades, y pese a ser un convencido ecologista del medio canario, y activo en el mismo (plantación de sabinar, almacigares..) en estos tiempos de crisis, por la sensibilización de la ciudadanía, y por diversos aspectos, creo incluso necesario que se destine una cierta proporción a especies agroforestales.

    Limitada por supuesto, y siempre supeditada a la plantación de autóctonas. Pero repito, siempre tiene que haber una base de flora canaria, si no se le da via libre lógicamente...

    un saludo. gracias por escuchar este tostón.

    ResponderEliminar
  9. Hola anónimo. La discusión sobre el uso de especies agroforestales o frutales forestales, como también se conocen, es muy interesante, y lamentablemente carecemos de una base científica para refutar una opinión o la contraria. Sólo podemos basarnos en apreciaciones personales. Lo que está claro es que los objetivos de una reforestación y de una regeneración de la vegetación no siempre son los mismos, y se debería aclarar cuál es el propósito de algunas actuaciones, si sensibilizar, como dices, o justificar lo que no necesita justificación. ¿Por qué necesitamos plantar almendros, castaños o nogales junto a especies del monte verde?¿Para concienciar no bastaría con las especies autóctonas? Se busca tener contento a cierta parte del campesinado, en mi opinión, malcriarlos, como cuando le damos un caramelo a un niño para que estudie. Seguramente no volverá a estudiar sin ese premio. No creo que sea provechoso para el futuro.
    Un saludo y gracias por participar en el blog.

    ResponderEliminar